Derivado de los diversos cambios que ha emitido el gobierno federal el pasado 12 de mayo se llevó a cabo una plática informativa con los temas fiscales de importancia para la membresía de Index Mexicali.
El programa IMMEX al igual que el Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE), contemplan una serie de requisitos, beneficios y obligaciones en materia de comercio exterior e IVA, sobre los cuales puede hacerse un análisis comparativo para identificar ventajas, desventajas e incluso áreas de oportunidad.
En la reunión estuvo presente el C.P.C. Ernesto Mosso Valdez, Director del Comité Fiscal y Consejero Nacional de Index Mexicali; el C.P. Ernesto Ocampo, Líder del segmento de Mercado de la Industria Maquiladora de EY, Subdirector del Comité Fiscal de Index Mexicali y Tijuana; la C.P. Gabriela Cital Plasencia, Gerente Senior de la Práctica del Global Complance y Reporting y el C.P. Armando Brughera Cortes, Gerente Senior de Impuestos y EY Mexicali, así como también se contó con la presencia de 80 representantes de las empresas afiliadas a Index Mexicali.
Durante la plática se expusieron temas importantes como: la evolución del régimen fiscal, los ingresos maquila y no maquila, la estructura actual de la operación de maquila para ventas en México, estructuras viables para optimizar la operación de maquila, regla del 30% de maquinaria de equipo, precios de transferencia, declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE) y el esquema fiscal albergue Shelters.
En la presentación de los diferentes temas que desglosó el C.P. Ernesto Ocampo destacó la importancia de llevar en tiempo y forma la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), también facilitó a la membresía diferentes sugerencias sobre ¿Qué ingresos si se pueden tener y bajo qué condiciones?, ya que el 100% de los ingresos por actividad productiva de la maquiladora debe estar relacionado con la operación de maquila y no se permiten ingresos por venta o distribución de productos.
Lo anterior mencionado puntualizó el C.P. Armando Brughera se puede llevar a cabo a menos que se tenga un escrito decumplimiento (facturas o venta de activos) que demuestre que se está realizando un ingreso activo, para que dicho documento se mantenga archivado y en su momento se pueda presentar en enero ante el SAT.
Desde la perspectiva fiscal, el programa IMMEX ha sido complementado con un marco fiscal especial que le permite a una empresa operar bajo un esquema de compra y venta de productos o incluso bajo un esquema de “consignación†en donde una empresa extranjera es la dueña de los inventarios y de la maquinaria y equipo utilizada en México y la empresa IMMEX presta servicios de manufactura.
Las empresas, como operan bajo el esquema de consignación y cumplen con ciertos requisitos, son consideradas como maquiladoras para efectos fiscales y tienen los siguientes beneficios:
• Permiten que el residente en el extranjero que contrata con la maquiladora no genere un establecimiento permanente en México respecto a la operación de maquila.
• Puede aplicar la tasa de 0% del IVA en la facturación de sus servicios de manufactura al residente en extranjero.
• Puede aplicar una deducción adicional de los sueldos y prestaciones exentos pagados a sus trabajadores.
• Al día de hoy no existe disposición alguna respecto al esquema fiscal aplicable a una empresa que opere como RFE, lo cual implica que estaría sujeta al régimen fiscal general aplicable a personas morales, sin ningún beneficio fiscal adicional y no sería eficiente utilizar el RFE para operaciones de manufactura en consignación.
Por tal motivo, el Presidente de la Asociación, Lic. Salvador Maese Barraza, enfatizó la importancia en que la industria maquiladora y manufacturera de exportación se mantenga informada para mantener en regla el cumplimiento de las obligaciones fiscales.